Reglamento de visitas
El siguiente reglamento determina las políticas de visitas en las instalaciones y el residente acepta acatarlo en todo momento.
Todas las visitas deberán ser notificadas a la administración del condominio al menos con 24 horas de antelación. En casos excepcionales, las visitas deben ser notificadas lo antes posible.
Todas las visitas, independientemente de su carácter (familiar, social, de servicios o de personal de salud) deberán registrarse en la bitácora de la administración y dejar copia de su identificación oficial.
Objetivo: Tener control sobre quién entra al condominio para garantizar la seguridad y evitar molestias inesperadas.
No se permitirá el acceso de personas no registradas o visitantes que no hayan sido aprobados por la administración.
Objetivo: Mantener un control adecuado de quién accede al condominio por razones de seguridad.
Las visitas ordinarias, que no impliquen pasar la noche en las instalaciones, pueden darse en un horario abierto de 10 am a 8 pm, aunque considerando las posibles actividades que el inquilino pueda tener en determinada fecha, información que podrá ser consultada con la administración.
Las visitas deberán portar una identificación visible (que será proporcionada por la administración) mientras estén dentro de las instalaciones y serán acompañadas por el residente que las recibe en todo momento.
Cada residente podrá recibir un máximo de 5 de visitantes a la vez. Las visitas grupales deberán ser previamente aprobadas por la administración si superan el número permitido.
Las visitas podrán utilizar las áreas comunes (jardines, salones de actividades, etc.) sólo si el residente que las recibe está presente y bajo la supervisión de éste.
No se permitirán visitas durante la noche, excepto en casos especiales aprobados por la administración (como visitas familiares por razones médicas o de emergencia).
La presencia de las visitas no debe implicar un factor disruptivo para el resto de los inquilinos y para el personal. Por ello es indispensable que se respeten los horarios de silencio y los espacios que pudiesen estar en uso para actividades comunales. Las visitas deberán comportarse de acuerdo con las normas de convivencia de la comunidad, respetando la tranquilidad y privacidad de los demás residentes. No se permitirá el uso de dispositivos ruidosos, ni comportamiento que pudiese alterar la armonía del lugar.
Las visitas que vayan a pernoctar en las instalaciones deben ser notificadas con al menos una semana de anticipación y no deben exceder 3 personas. El lapso máximo de estancia para visitas es de: 5 días, si es una persona; 4 días, si son dos personas; 3 días, si son tres personas.
Se permite recibir visitas de familiares y amigos. Si el visitante es un proveedor de servicios (como un cuidador temporal o terapeuta), éste debe ser notificado a la administración antes de la visita y deberá seguir el protocolo de registro antes mencionado.
Las visitas con niños menores de 15 años deberán ser aprobadas previamente por la administración, y los niños deberán ser supervisados en todo momento por un adulto.
En fechas especiales o festividades, las reglas sobre visitas podrán ser modificadas temporalmente, pero deberán ser anunciadas con antelación a los residentes y al equipo de administración, para su óptima organización.
Objetivo: Adaptarse a momentos especiales como fiestas o celebraciones sin perder el control.
El residente será responsable de las acciones y el comportamiento de sus visitas durante su estancia en el condominio. En caso de incumplimiento de las normas, el residente podrá ser sancionado o su membresía podrá ser rescindida.
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